Los centros de personas discapacitadas contarán con un órgano consultivo con representantes de usuarios y de dirección

Instituto Valenciano de Acción Social (IVAS)  La nueva entidad de derecho público Instituto Valenciano de Acción Social (IVAS) contará con un órgano consultivo, los consejos de centro, en todos los centros de atención a personas con discapacidad o en situación de dependencia. Estará constituido por representantes legales de los usuarios del propio centro y de la dirección y miembros del equipo técnico.

   Además, dispondrá de una comisión asesora, como órgano colegiado de asesoramiento al Consejo de Dirección, respecto de las acciones y políticas a realizar por el IVAS, cuyo reglamento de organización y funcionamiento publica este lunes el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana (DOCV).

El IVAS es la entidad resultante del antiguo Instituto Valenciano de Atención a las Personas con Discapacidad y Acción Social (Ivadis). La entidad de derecho público tiene personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines y queda adscrita a la Conselleria de Bienestar Social.

FUNCIONES

Entre sus funciones, destacan la gestión de centros y servicios especializados para personas con discapacidad y/o en situación de dependencia; la gestión de programas y actuaciones de inserción social y laboral, el diseño de los criterios de atención a las personas con discapacidad o en situación de dependencia que deben prestarse a los usuarios de los servicios que gestiona el instituto.

También fomentará, promoverá y gestionará la creación de nuevos recursos y servicios, programas de atención social y de participación en I+D+i necesarios para la mejora de la atención a las personas con discapacidad; orientará a los familiares o representantes legales en sus problemas; y realizará acciones para favorecer y facilitar el acceso al empleo a las personas con discapacidad, entre otras funciones.

El Instituto Valenciano de Acción Social contará con una presidencia, que a su vez lo será del Consejo de Dirección, y que corresponderá a la persona titular de la conselleria competente en materia de servicios sociales y acción social, en este caso la consellera Asunción Sánchez.

El Consejo de Dirección se reunirá, en sesión ordinaria, como mínimo, cada tres meses. La convocatoria la realizará el presidente. La convocatoria urgente deberá ser notificada con al menos 24 horas de antelación. Además, el Consejo se podrá reunir de forma extraordinaria cuando el presidente lo considere justificado o cuando lo pidan, al menos, un tercio de los miembros del mismo.

Asimismo, la entidad contará con un director general que se contratará, previo acuerdo del Consejo de Dirección, a propuesta del presidente. El IVAS se organizará en subdirecciones, aprobadas por el Consejo, y la gestión de la entidad estará integrada por diversos servicios y unidades.

El instituto también dispondrá de un auditor interno, cuyo plan de trabajo será aprobado por el comité de auditoría de la Corporación Pública Empresarial Valenciana a través del plan anual de auditoría. La entidad podrá contar con personal funcionario y laboral, pero no con personal eventual.

COLABORACIÓN DE EMPRESARIOS

Por lo que se refiere al capítulo de contratación, destaca que la entidad podrá requerir, en sus actuaciones obligatorias, la colaboración de empresarios particulares. La entidad no podrá participar en los procedimientos de adjudicación de contratos convocados por la Administración de la Generalitat. No obstante, cuando no concurra ningún licitador, se le podrá encargar la ejecución de la actividad objeto de licitación pública.

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