El Instituto Murciano de Acción Social (IMAS) condenado por no conceder plaza a una dependiente que murió esperando
La anciana pasó casi dos años aguardando; su familia optó por una residencia privada y ahora será compensada.
El juzgado de lo Contencioso Administrativo número 3 de Murcia ha condenado al Instituto Murciano de Acción Social (IMAS) a compensar económicamente a la familia de una anciana, enferma de alzhéimer, que murió tras esperar durante casi dos años una plaza en una residencia que nunca llegó. La juez María Teresa Nortes censura que la Comunidad mantuviese paralizado el expediente de la mujer durante todo este tiempo, incumpliendo con ello el límite legal de seis meses para resolver, como establece la Ley de Dependencia.
Durante los últimos años se han sucedido las sentencias condenatorias al IMAS por la paralización de miles de solicitudes de la Dependencia, pero hasta ahora se trataba, en todos los casos, de prestaciones económicas. Esta es la primera sentencia relativa a la vulneración de los plazos legales por parte de la Administración regional en la concesión de un servicio. En concreto, de una plaza residencial.
El abogado José Román Morales, que ha llevado el caso, considera que se abre ahora una vía para que otras familias puedan reclamar la responsabilidad patrimonial de la Administración en el retraso de la concesión de plazas de residencias o centros de día, entre otros servicios de la Dependencia. «Hay mucha gente que ha superado los seis meses esperando una plaza. Habitualmente no se reclama, pero esta sentencia demuestra que es posible solicitar daños y perjuicios», subraya el letrado.
En este caso, el IMAS tendrá que compensar el coste que la familia tuvo que asumir al pagar de su bolsillo una residencia privada en Cartagena. La plaza costó 1.400 euros mensuales, de manera que la Administración tendrá que abonar la diferencia entre esa cantidad y lo que la dependiente hubiese desembolsado de estar en una plaza pública o concertada. En principio, esa diferencia sería de unos 100 euros mensuales, teniendo en cuenta los copagos vigentes.
La anciana, de 94 años y paciente de alzhéimer, solicitó en mayo de 2014 el acceso al sistema de la Dependencia. El 25 de agosto de ese mismo año, el IMAS le reconoció el grado máximo de Dependencia. El siguiente paso, de acuerdo a la normativa, debería haber sido la aprobación del Programa Individualizado de Atención (PIA) y, con ello, su acceso a una plaza residencial en un plazo no superior a seis meses desde la presentación de la solicitud. Es decir, la mujer debería haber ingresado en una residencia antes del 9 de noviembre de 2014. Sin embargo, falleció el 7 de febrero de 2016 sin que le llegase a ser concedida la plaza.
«Daños antijurídicos»
La juez lamenta «la falta de actuación de la Administración, que no hizo ninguno de los trámites del PIA» pese a «la situación en la que se encontraba» la solicitante, con un grado III de dependencia. «El retraso, o más bien la no tramitación del PIA, ha generado unos daños antijurídicos», por lo que «concurren todos los requisitos para declarar la responsabilidad patrimonial de la Administración».
Durante 2014 y 2015, en plena época de recortes, la Comunidad mantuvo paralizadas miles de solicitudes de la prestación económica de la Dependencia, acogiéndose a una moratoria de dos años establecida por el Gobierno central. Sin embargo, la juez recuerda que dicha medida no podía ser aplicada a las plazas residenciales ni de centro de día. En todo caso, el IMAS ha sido condenado en numerosas sentencias por retrasos en la concesión de prestaciones económicas que ni siquiera con la moratoria del Gobierno central pudieron justificarse.
Fuente: LA VERDAD